Honduras
Al menos 200 millones de lempiras han otorgado al Estado de Honduras entre noviembre de 2011 y abril los Juzgados de Privación de Bienes de Origen Ilícito.
La primera sentencia fue emitida el 29 de noviembre de 2011, cuando la Fiscalía de Privación de Dominio (Fepridd) presentó la solicitud para privar más de 300 mil dólares incautados.
A partir de esa fecha, el Ministerio Público a través de la Fepridd ha obtenido catorce sentencias de las 27 solicitudes presentadas ante los Juzgados.
Producto de las sentencias, emitidas al Estado de Honduras se le ha otorgado dos millones 256, 919.12 de lempiras y once millones 503,243.12 dólares. Además de 1,200 pesos mexicanos, 153,000 pesos colombianos, 8,000 colones costarricenses y 7,819 quetzales.
Entre los nuevos bienes que serán administrados por el Estado también se encuentran 31 vehículos, dos casas y dos terrenos.
Mientras que la Oficina Administradora de Bienes Incautados tiene bajo su administración 11 casas, 18 terrenos, 31 vehículos, 22 embarcaciones, 12,776,130.43 dólares y 6,243,301.02 lempiras.
Estos bienes, según la Ley de Privación Definitiva del Dominio de Bienes de Origen Ilícito, deberá distribuirse en partes. Un cuarenta por ciento a las unidades que trabajan directamente contra el Crimen Organizado, ocho por ciento para la OABI, cuatro por ciento para el programa de protección de testigos y diez por ciento a las Alcaldías Municipales, entre otros.
En el caso del dinero, la mayoría ha sido decomisado a ciudadanos extranjeros que pretendían abandonar el país con destino a Panamá.
Las acciones antinarcóticos que realiza la Fepridd también son apoyadas por la Marina Mercante, Dirección Nacional de Servicios Especiales de Investigación (DNSEI), así como el Instituto de la Propiedad (IP), entre otros entes, ya que ellos participan directamente con los casos de Privación del Dominio.
Esta fiscalía especial conoce los casos de oficio o mediante denuncia presentada por testigos protegidos.
La Fepridd trabaja en implementación a la Ley de Lavado de Activos y la Ley de Privación de Dominio y demás convenios internacionales. El uso de agentes encubiertos, entregas vigiladas y operaciones encubiertas, entre otras, son parte de las técnicas de investigación.
La Ley sobre Privación Definitiva del Dominio de Bienes de Origen Ilícito tiene como finalidad la lucha contra la criminalidad organizada de conformidad a lo establecido en la Convención de las Naciones Unidas, cuya finalidad primordial es la legítima protección del interés público, mediante el desapoderamiento de bienes, productos, instrumentos o ganancias, originados, obtenidos o derivados, en contravención a la Ley.
La primera audiencia realizada por los Juzgados de Privación fue el 1 de septiembre de 2011.

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