sábado, 26 de mayo de 2012

ONUDD: Perú ha fortalecido lucha contra narcotráfico y crimen ... - Andina

Mirella, representante de ese organismo para Perú y Ecuador, señaló que estas normas facilitan la lucha contra el tráfico ilícito de drogas y otras actividades ilegales, al fortalecer la legislación, haciéndola ahora más efectiva.

En abril, el Gobierno emitió un decreto que estableció pena de cárcel no menor de 8 ni mayor de 15 años para las personas que conviertan y transfieran dinero o bienes de origen ilícito; sanción que se elevará a 20 años si el implicado es funcionario público y a 25 cuando el caso está vinculado al narcotráfico.

Además, se promulgó un decreto sobre pérdida de dominio, para confiscar dinero y bienes de actividades ilegales, mecanismo que se puede aplicar incluso hasta 20 años después de su aparición. Además creó una comisión nacional para disponer de los bienes decomisados.

"Con una adecuada aplicación de estas normas, Perú lanza un mensaje muy contundente, quitándole los bienes y recursos ilícitos al narcotráfico. La norma es disuasiva y facilita al Estado luchar contra enemigos muy poderosos", declaró a la Agencia Andina.

Señaló que con el dinero recuperado el Estado no sólo podrá invertir en el fortalecimiento de la estrategia antidrogas, sino atender a las personas dependientes de las drogas, hacer campañas de prevención, entre otras programas. 

Consideró preocupante que, según el estudio de una consultora privada, el lavado de activos en Perú mueva unos 6,000 millones de dólares anuales e indicó que esta situación puede suponer una distorsión del sistema financiero y político.

Por ello subrayó que la correcta y efectiva aplicación de ambas normas debe permitir obtener resultados concretos para hacer frente a estos problemas.

Sin embargo, Mirella dijo que también se requiere fortalecer la cooperación regional, para una lucha más efectiva contra el narcotráfico y el crimen organizado, ya que se trata de una problemática que trasciende las fronteras nacionales.


(FIN) CVC/GCO
GRM

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